MODULO 3 | Emprender como Artista

ARTISTA, CREA, VENDE, COBRA
(Y DUERME TRANQUILO)

¡Vamos a destapar verdades, artista! 🎨
Aquí no hay pinceladas suaves: Esto es
cómo evitar que la galería se quede con tu alma además de tu obra.

Cómo funcionan (realmente) las galerías

🎯 Objetivo:

Entender el negocio real de las galerías para que no entres como un corderito.

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El mito del “descubridor de talentos

Mucha galería se vende como “te vamos a dar visibilidad” o “te representamos”.
Pero la verdad es esta:

◼ Una galería es un negocio de intermediación.
◼ Compra barato o vende por ti… y se lleva su mordisco.

🎯 ¿Qué te puede ofrecer una galería seria?

✅ Espacio físico para exponer.
✅ Cartera de coleccionistas.
✅ Comunicación y prensa.
✅ Logística de venta y transporte.
✅ Certificados y facturación.
✅ Y si hay suerte… te meten en ferias.

 

🚨 ¿Qué te exige a cambio?

🧾 Por lo general:

◼ Ceder la obra en exclusiva durante X tiempo.
◼ Dejarles una comisión del 30% al 50%.
◼ A veces, pagar parte del envío, el montaje o el catálogo (¡ojo con esto!).
◼ Entregar obras listas para colgar (nada de “te la doy sin marco”).

Lo que nadie te cuenta

🧼 “Te damos visibilidad” no paga facturas.

Si no hay venta, no hay pasta.
Y si hay venta, asegúrate de que te toca lo justo.


🤐 Algunas ocultan quién compró tu obra.

¿Sabías que muchas galerías NO te dicen quién ha comprado tu obra?

◼ ¿Por qué? Porque así tú no puedes venderle directo en el futuro.
◼ Es su forma de blindar el negocio.


😈 Si no firmas contrato, te la pueden colar

Sin contrato:

◼ No sabes cuándo recuperarás obras no vendidas.
◼ No tienes garantías de cobro.
◼ No hay obligación legal clara de nada.


💡 Píldora de realidad:

No todas las galerías son lobos.
Pero muchas viven del despiste del artista emergente.

¿Cuál es la comisión estándar?

La mayoría de galerías se quedan entre un 30% y un 50% del precio de venta.

Aunque no haya norma general, si pueden servir de orientación los siguientes porcentajes en función de la relación que exista entre artista y galería.


🔹 20-30% → suele ser la comisión de las galerías que, además, suelen cobrar un pago fijo por gastos de mantenimiento en concepto de alquiler, electricidad, promoción, etc.


🔹 40% → cuando la galería representa al artista en exclusiva en exposiciones, ferias y promociona su obra.


🔹 50% → cuando la galería representa en exclusiva al artista en exposiciones, ferias y promoción, pero también en la producción de su obra.

¿Qué debería incluir esa comisión?

✅ Difusión (mailings, redes, web).
✅ Espacio expositivo y montaje.
✅ Atención al cliente y venta directa.
✅ Emisión de factura al comprador.
✅ Transporte (a veces).
✅ Seguro de obra (¡cuidado!, pregunta esto).

❌ Lo que NO debería incluir (y que muchas intentan colarte):

◼ Que pagues el catálogo tú solo.
◼ Que pongas dinero por exponer.
◼ Que no te dejen saber quién compró tu obra.
◼ Que se queden con el contacto del cliente sin avisarte.
◼ Que exijan exclusividad total sin ofrecerte estabilidad ni visibilidad.

¿Cómo negociar una comisión justa?

Frase clave:

👉 “¿Qué servicios incluye vuestra comisión exactamente?
¿Está el transporte y la promoción digital incluida?”

◼ Si es 50%, exige informe de ventas, difusión real y contrato firmado.
◼ Si es 40%, puedes negociar mejor condiciones (por ejemplo: contacto directo con el comprador).
◼ Si es menos del 30%, cuidado: puede ser una trampa para que pongas tú el curro y ellos el cartel.

  Trato ideal artista-galería:

Ellos venden = se llevan su parte.
Tú produces = tú decides precio base.
✨ Todo por escrito. Nada “de palabra”.

¡Ahora sí, artista! 🎯
Entramos en el campo de minas donde muchos salen perjudicados: los contratos con galerías.
Aquí vamos a leer la letra pequeña con cuchillo en mano. 🔪📄

🎯 Objetivo:

Saber qué debe tener un contrato de cesión de obra para protegerte,
evitar exclusividades trampa,
y que no te roben ni la autoría ni el cliente.

🔶 Frase clave:

«¿Qué servicios incluye vuestra comisión exactamente?
¿Está el transporte y la promo digital incluida?”

  • Si es 50%, exige informe de ventas, difusión real y contrato firmado.
  • Si es 40%, puedes negociar mejor condiciones (por ejemplo: contacto directo con el comprador).
  • Si es menos del 30%, !cuidado¡: puede ser una trampa para que pongas tú el curro y ellos el cartel.

Sí, incluso siendo emergente.

 

✅ 1. Porcentaje flexible si tú aportas al cliente.

Ejemplo:
“Esta obra se vendió a través de un contacto mío. ¿Podemos ajustar la comisión en estos casos al 20%?”

Hay galerías que aceptan eso (si no son buitres).

 

✅ 2. Visibilidad de compradores.

Puedes pedir esto por contrato:

“El comprador podrá autorizar el contacto directo con el artista tras la venta.”

No siempre lo aceptan, pero **pídelo con educación y cara de poker.**

 

✅ 3. Plazo de pago CLARO.

Nada de “te pagamos cuando podamos”.

Estándar profesional: 30 días tras la venta.

Pide que quede por escrito.

Si no, te puedes tirar meses persiguiendo el dinero como un cobrador del frac.

 

✅ 4. Condiciones de devolución si no se vende.

Ejemplo:

◼ ¿Cuánto tiempo se quedan la obra?
◼ ¿Te la devuelven en qué estado?
◼ ¿Cubren ellos los seguros?

✨ Si no lo aclaráis, luego se lavan las manos. ¡Literal!.

 

👉Tip del día:

◼ Las galerías no odian que negocies.
◼ Odian que no sepas lo que vales y aceptes cualquier cosa.

Qué es un contrato de cesión de obra?

 

Es el acuerdo entre tú y la galería para:

🧩 Exponer tu obra.
🧩 Venderla (o intentarlo).
🧩 Establecer qué pasa con la pasta, los plazos, y las condiciones.

👉 Nunca dejes tu obra sin firmar uno.

Ni aunque te digan: «tranqui, aquí nunca ha habido problemas.»
Exacto.   Hasta que el tuyo sea el primero.

Cláusulas que SÍ deben estar

1. Identificación de las partes.
◼ Tú (autor) y la galería (representante o vendedor)

2. Descripción de la(s) obra(s)
◼ Título, técnica, medidas, valor estimado

3. Precio de venta al público
◼ Claramente definido. Sin sorpresas.

4. Porcentaje de comisión
◼ 30%, 40%, 50%… lo que se haya pactado.

5. Duración de la cesión
◼ ¿Desde qué fecha hasta cuándo tienen tu obra?

6. Condiciones de devolución
◼ ¿Qué pasa si no se vende? ¿Quién paga el transporte de vuelta?

7. Forma de pago al artista
◼ ¿Cuándo cobras si se vende? ¿Antes o después de que lo cobre la galería?

8. Seguro o responsabilidad por daños
◼ Si se cae la escultura, ¿quién se hace cargo?

Cláusulas o prácticas que debes rechazar

1. Exclusividad absoluta sin condiciones claras.
◼ Si te dicen “no puedes vender en ningún sitio más mientras esté aquí” → MAL
◼ Solo acepta exclusividad temporal y geográfica (“solo durante la expo y en esta ciudad”)

2. Cambios de precio sin avisarte.
◼ Tienen que avisarte antes de bajar precios o aplicar descuentos.

3. Que no aparezcas como autor.
◼ Tu nombre debe figurar en todo lo relacionado con la obra.

4. Falta de transparencia con el comprador.
◼ Debes poder saber quién compra tu obra (por derechos de autor, seguimiento, etc.)

Ejemplo: Caso real

> Un artista dejó obras en una galería sin contrato.
> Se vendieron dos.
> La galería desapareció.
> Nunca supo quién compró, ni cobró un euro.

✅ Moraleja de la historia: El arte es pasión, pero los contratos son indispensables.

Bonus: cláusulas trampa que debes rechazar

◼ “Nos quedamos con tus obras no vendidas sin coste.” ❌
◼ “No puedes vender por tu cuenta durante 12 meses.” ❌
◼ “Nos reservamos el derecho a cambiar precios sin consultar.” ❌

🧠 Recuerda:

◼ El contrato no es un favor, es tu cinturón de seguridad.
 Si no te lo quieren dar por escrito, desconfía.

¡Vamos allá, artista facturador! 📠💥
Esta es la lección donde más artistas se hacen un lío.
Pero aquí te lo desmonto como si fuera Lego.

🎯 Objetivo:

Entender cómo emitir facturas cuando vendes a través de una galería,
quién factura a quién, cómo declararlo bien…
y cómo evitar que Hacienda te dé un requisitorio fiscal.

2 situaciones posibles

1. La galería actúa como intermediaria.

Tú eres el que factura.
Ellos solo venden por ti.

👉 Ejemplo:
Vendes un cuadro por 1.000€
La galería se queda el 50% de comisión (500€)

🧾 Factura que haces tú al comprador final:

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BASE: 1.000 €
+ IVA 10%: 100 €
− IRPF 15%: 150 € (solo si es empresa)
TOTAL: 1.100 € (o 950€ si aplica IRPF)
➖➖➖

✅ Luego tú pagas 500€ a la galería por comisión, y te hacen ellos una factura a ti:

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🧾 COMISIÓN GALERÍA: 500 € + IVA 21% = 605 €
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💡 , tú pagas el IVA del 21% por la comisión, aunque hayas cobrado con IVA del 10% por la obra.

Resultado:

Tú declaras toda la venta
Ellos te facturan su parte

2. La galería factura al comprador y luego te paga a ti.

Ellos emiten la factura al comprador.
Luego te hacen una “liquidación de venta”.**

👉 Ejemplo:
Venden una escultura por 2.000€
Se quedan el 40% de comisión (800€)
Te pagan 1.200€

🔁 ¿Qué pasa aquí?

🧾 Tú le haces una factura a la galería, no al cliente final.

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BASE: 1.200 €
+ IVA 10%: 120 €
− IRPF 15%: 180 € (si aplica)
TOTAL: 1.320 € (o 1.140 € si hay IRPF)
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👁 OJO: Aquí no controlas el precio final
Tú solo cobras lo que te dicen.

¿Cuál es mejor?

🧾 Intermediaria (tú facturas al comprador): → Más control, más lío contable.
🧾 Comisionista (ellos facturan): → Más cómodo, menos visibilidad.

👉 Si estás empezando y no quieres complicarte, que la galería facture y te liquide.

Pero siempre:
✅ Exige liquidación por escrito
✅ Guarda copia del contrato
✅ Conserva factura de la comisión